28/11/2011 | Legislación

Andalucía blinda las máquinas B1 y sienta las bases del bingo electrónico




 
Opergame

Apenas doce días ha tardado la Junta de Andalucía en publicar en el Boletín Oficial las modificaciones del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar que permitirá proteger las recreativas frente a las terminales de venta de boletos. Es un paso hacia delante para la defensa de las tipo B y a su vez el marco jurídico que permite identificar máquinas como las que ha intentado instalar la Organización Nacional de Ciegos en los establecimientos de Hostelería.

Para empezar se modifica el artículo 20 de este reglamento, precisando que para efecto del régimen de instalación y explotación se considerarán B1 todos los terminales y aparatos dispensadores de billetes, boletos o justificantes de loterías o de apuestas instalados en los establecimientos de pública concurrencia. Por tanto, no se pueden instalar sin la autorización administrativa requerida y sólo en las condiciones que se desarrollan en el mismo reglamento.

Además, se aprovecha la ocasión para insertar pequeños retoques como el cambio en los artículos 21, 22 y 23. En el primero se prohibe la acumulación en el contador de créditos de cantidades superiores al importe de 50 partidas. En el segundo se aclara que los dispositivos adicionales que se puedan instalar para la realización simultánea de partidas no podrán permitir más de cinco veces el precio máximo de la partida autorizada para el modelo, en vez de tres como se establecía antes.

Por último se amplía el artículo 23 que trata la interconexión de máquinas entre salones. En concreto se establece como premio máximo de este sistema 30.000 euros.

Los servicios de juego de la Junta de Andalucía se han puesto el mono de trabajo y junto al reglamento que permitirá la instalación de una nueva tipo B, el departamento profundiza en el desarrollo del bingo electrónico en la región con un borrador que comenzó a circular a principios de este mes de noviembre.

Entre las condiciones que se barajan para la introducción de esta modalidad de bingo en las salas están una limitación de terminales de 1 a 4 con respecto a los puestos físicos, un porcentaje de retorno de premios no inferior al 80% del valor facial del cartón electrónico que se podrá incrementar hasta el 95%, así como unos requisitos técnicos que se asemejan bastante a las normativas que ya existen en regiones como Aragón, Madrid o País Vasco.

La intención de la Administración es dejar todos los trámites listo para antes de las elecciones en la Comunidad, aunque desde el sector ya han anunciado que tendrán importantes dificultades para acomodar sus salas a esta modalidad de juego debido a las importantes pérdidas que acumula el sector que trabaja en la nuevas fórmulas de juego y en proyectos para cambiar la tendencia actual.

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