11/11/2011 | Juegos online

Primeros indicios de las condiciones que regularán el procedimiento de solicitud de licencias singulares




 
Opergame

Hoy abrimos un nuevo capítulo del arduo camino iniciado con la aprobación de la Ley del Juego. Esta vez es el referido al procedimiento de solicitud y otorgamiento, para el que se ha publicado una Resolución de la Dirección General de Juego relativa a las licencias singulares que sigue ejerciendo de Comisión Nacional del Juego hasta que esta se constituya de manera definitiva.

Estas licencias singulares se podrán solicitar por las empresas que sean titulares de la licencia general en vigor y podrá hacerse en cualquier momento, incluso a la misma vez que se solicita la primera de ellas.

Como en el caso de las generales, se deben acreditar todos los aspectos relacionados con la seguridad, la legalidad fiscal de la empresa, la adecuación de los requisitos técnicos a la Ley, la descripción del proyecto, las instalaciones y las unidades técnicas, así como los informes de las empresas certificadoras y las reglas de cada juego, una posibilidad que se deja abierta a la imaginación de los operadores sin apenas limitaciones, sólo la que influye en su consentimiento como critican desde el sector presencial.

Habrá que entregar asimismo los contratos que se tengan con proveedores que vayan a participar en la explotación de la actividad. Si todavía no se ha formalizado, al menos, las empresas tendrá que aportar los preacuerdos.

El procedimiento de las licencias singulares se iniciará en el momento en que entre en el Registro General del Ministerio de Economía y Hacienda la solicitud de otorgamiento de licencia. Se deberán resolver en el plazo máximo de seis meses. Primero se concederá una licencia provisional que deberá ser ratificada en otro plazo de seis meses.

El documento incluye en su Anexo V todos los requisitos que deberá cumplir el proyecto del sistema técnico de juego del operador cuya estructura deberá ceñirse al siguiente guión:

-Descripción de la arquitectura del sistema de juego y, en su caso, del generador de números aleatorio.
-Juego. Porcentaje de retorno, tablas de premios, reclamaciones, suspensión/aplazamiento/anulación, unidad mínima de participación
-Juegos. Aspectos técnicos
-Terminales de usuario del sistema de juego
-Seguridad de los sistemas de información del sistema de juego
-Monitorización. Sistema de control interno
-Personal del operador que actuará como contacto técnico

Todo se podrá hacer de manera telemática, aunque lo cierto es que la sede online de la Comisión Nacional de Juego sigue sin estar activa.

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