02/03/2011 | Legislación
El plazo para presentar enmiendas a la Ley de Juego se retrasa, por tercera vez, hasta el 7 de marzo
Y van tres. El Congreso de los Diputados vuelve a prorrogar el plazo para presentar enmiendas a la Ley del Juego que se amplía hasta el próximo 7 de marzo. En teoría, con el segundo aplazamiento, hoy era el último día para depositar las propuestas en el Registro de la Secretaría General de la Cámara que permanecerá abierta cinco días más para recibir la documentación que se prevé llegará en masa en el último momento.
Estos cambios continuos, por otra parte comunes en Leyes de gran calado social, hacen peligrar las previsiones del Gobierno que quería dejar listo el texto para finales de este mes, sobre todo, en lo que afecta a las modificaciones asociadas que experimentará Loterías y Apuestas del Estado. El estudio de las alegaciones y el posterior debate en las Cámaras podría dilatar el proceso de tramitación más allá del verano, fecha para la que estaba previsto que entrase en vigor según las estimaciones más optimistas.
A los temas clásicos que estarán presenten en las alegaciones, se suma un nuevo argumento que parece preocupar bastante, sobre todo, a los operadores de juego online: la concesión de las licencias. Como en otros muchos aspectos, el proyecto de Ley trata el tema de las licencias de manera muy general, sin especificar puntos esenciales que podrían afectar de manera determinante al futuro del juego online.
Remitiéndonos al texto original, la Ley exige, en primer lugar, un título habilitante a la empresa que quiera explotar estos juegos. Las licencias son únicas e intransferibles, además no son homologables los obtenidos en otros Estados miembros de la Unión Europea, aunque se especifica que la Comisión Nacional de Juego podrá "convalidar aquella documentación ya presentada por un operador autorizado en el espacio económico europeo, eximiendo de su nueva presentación en España".
La Ley distingue entre licencias generales y licencias singulares. Las primeras son imprescindibles para explotar la actividad y necesarias para cada modalidad de juego de apuestas, rifas, concursos y los calificados como "otros juegos". Pero no todas las empresas que quieran ofrecer juegos online en España podrán hacerlo. Al menos así se intuye del hecho de que "la Comisión Nacional del Juego promoverá, de oficio o a instancia de parte, un procedimiento concurrencial para la adjudicación de nuevas licencias generales para la explotación y comercialización de juegos que no tengan carácter ocasional".
Se otorgarán por concurso público y todos los rumores apuntan a que tan sólo habrá cinco afortunadas, un número que limita la oferta como requiere el juego presencial y que según los operadores de juego online, reducirá la competitividad y, por tanto, la calidad y variedad del servicio. En este caso, el texto especifica que "en el supuesto en el que la convocatoria del concurso público limitara el número de operadores a los cuales se puede adjudicar una licencia, este hecho deberá ser expresamente motivado con base a informes técnicos que justifiquen la necesidad de dimensionar la oferta de juego a los que es objeto de la convocatoria y las razones de interés público que justifican la citada limitación".
Por su parte, las licencias singulares se establecen para la explotación de cada uno de los tipos de juego incluidos en el ámbito de cada licencia general. Sólo una referencia más, "el otorgamiento de las licencias singulares y su prórroga estará sujeta a los requisitos y condiciones que determine la Comisión Nacional del Juego", es decir, habrá que esperar al desarrollo reglamentario para conocer las exigencias de estas licencias y condiciones.
Finalmente, encontramos las autorizaciones para la celebración de juegos de carácter ocasional, otra posibilidad que estará totalmente sometida a las indicaciones de la Comisión Nacional de Juego.
Nos topamos, por tanto, importantes trámites administrativos dirigidos a controlar bien de cerca la actividad y restringir el mercado, algo que, por una parte, podría beneficiar al juego tradicional y, por otra, disuadir la inversión de otras empresas de juego remoto.
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