18/04/2012 | Legislación

Espaldarazo definitivo al régimen sancionador en Baleares

Sesión plenaria.




 
Opergame

En el día de ayer, el Parlamento balear aprobó con 33 votos a favor y 21 abstenciones el Proyecto de Ley que establece el régimen sancionador en varias materias, entre ellas el juego, fijando además las medidas administrativas urgentes. El Partido Popular sacó adelante en solitario un Decreto que se presentó en el mes de diciembre y que se aprobó por el Pleno del Parlamento el pasado 1 de febrero cuando se acordó que se tramitara como proyecto de ley para que se pudieran presentar enmiendas.

Finalmente se presentaron esas propuestas, en concreto seis por parte del Partido Socialista, enmiendas que no han prosperado, así como tampoco la supresión de una de sus disposiciones adicionales, concretamente la tercera bis que establece que las entidades titulares o gestores de los hipódromos que desarrollen las apuestas internas, podrán explotar provisionalmente las apuestas externas que se formalicen desde Baleares.

Fue el punto más polémico del debate en el que participaron Antoni Alorda por PSM-IV-ExM, Pilar Costa por el Partido Socialista y Antoni Camps por el Popular. A juicio de la oposición se da una potestad operadora a empresas que no han ganado concurso público alguno, hecho que desmienten desde el Gobierno balear que ha emplazado a los críticos a que acudan a los Tribunales si consideran que existe problema legal. A juicio de la Administración, esta medida beneficiará al sector de las apuestas hípicas en la comunidad.

Al margen de discusiones dialécticas, la Ley dibuja el nuevo marco sancionador en materia de juego, recurriendo a una nueva tipificación de las infracciones y actualizando las cuantías de las sanciones. Como ya mencionamos en su día, la intención del Gobierno con estos cambios no es otra que la de combatir la inseguridad jurídica que habían provocado las últimas modificaciones normativas en el ámbito estatal. El objetivo es conservar todas las competencias en esta materia dentro del ámbito de la comunidad.

Finalmente no se realizan cambios de ningún tipo y las sanciones máximas y mínimas se mantienen en las cantidades establecidas en diciembre. Asimismo, en relación a la adopción de medidas administrativas sobre la instalación de máquinas, terminales o equipos de juego, y a la concesión de autorizaciones de actividades de juego, la comunidad acuerda un régimen jurídico propio que da cobertura al régimen de autorizaciones de las actividades reservadas en los locales de hostelería y al ejercicio de las actividades no reservadas con respecto a la apertura de establecimientos presenciales específicos.

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