02/04/2012 | Legislación

Vía libre a las nuevas máquinas y apuestas en Canarias

Se abre la puerta a nuevas máquinas.




 

El pasado 30 de marzo el Gobierno de Canarias dio el visto bueno definitivo al Decreto por el que se aprueba el nuevo reglamento de máquinas recreativas y de azar que regula tanto los juegos como las apuestas deportivas, una Ley que se aprobó en 2010. Se culmina así un proceso dilatado en el tiempo a causa de la idas y venidas de un texto que según la Administración ha contado con la participación de las asociaciones más representativas del sector y que además ha obtenido el dictamen favorable de la Comisión del Juego y las Apuestas.

El aspecto más destacado de este reglamento pasa por la simplificación y reducción de los trámites y documentos. Menos trabas administrativas para agilizar la proliferación de las nuevas modalidades de juego y las instalación de nuevo modelos. Se trata de una actualización total del actual sistema, renovación en la que los empresarios de las islas tienen puestas sus esperanzas para frenar el progresivo cierre de locales experimentado en los últimos cinco años y el descenso en las recaudaciones que supera en muchos casos el 30%, llegando incluso hasta el 50%.

El objetivo de este nuevo marco normativo es ampliar las posibilidades de los negocios que han sobrevivido y hacerlo a través de una reordenación del mercado. El texto fija el número máximo de autorizaciones de máquinas recreativas de los distintos tipos y de salones en cada isla y la delimitación de la zona de influencia.

En este sentido, se ha optado por modificar la distancia del radio de acción que permite delimitar la referida zona de influencia, el cual pasa de los 100 metros de distancia entre salones recreativos actuales al doble. Dicha medida, al igual que el número máximo de autorizaciones, "obedece a la necesidad de evitar la actual saturación del sector en relación con los establecimientos afectados por dicha medida", según explica la Administración que, en todo momento, ha tenido en cuenta las propuestas realizadas sobre este asunto por los actuales empresarios de las islas.

En el reglamento se establece la nueva clasificación de máquinas recreativas contemplada en la Ley de Juegos y Apuestas, y desarrolla sus características. Esta medida permite al sector actualizar el parque de máquinas de funcionamiento ordinario con el resto de Comunidades Autónomas, reduciendo los costes de renovación de las actuales. En este sentido se establece una nueva máquina tipo A, denominada especial o con premio en especie que tendrá una mayor libertad para su instalación en los diferentes tipos de negocio.

Asimismo, introduce innovaciones tecnológicas relativas a la adaptación a la nueva realidad del sector del juego y de las apuestas, que es especialmente dinámico en su organización y funcionamiento y que además está condicionado por el avance de las nuevas tecnologías y a la aparición de nuevas prácticas de juego por medios electrónicos.

Las apuestas tienen un espacio destacado con la ampliación de su marco regulatorio a acontecimientos de toda índole, cuando hasta el momento estaban circunscritas a las carreras de caballos y galgos y al juego del frontón.

En cuanto al régimen sancionador, se incluyen tipos nuevos, se eliminan tipos considerados anacrónicos por afectar al ámbito de relación privada entre el establecimiento y el cliente y se modifican los tramos y las cuantías de las multas para su adecuación a la nueva realidad social y económica.

Asimismo, mediante este reglamento se modifica la cuantía de los premios adecuándola a la fijada en el resto de las Comunidades Autónomas. Se regula asimismo la ubicación de las máquinas en función de los diversos tipos de locales donde se vayan a ubicar, posibilitando la diferenciación entre los diversos sectores del juego, así como las características que han de reunir dichos locales.

Para las máquinas B1 (actual B) se duplica su premio máximo, para las máquinas B2 se fija en 1.000 euros y para las máquinas B3, basadas en el juego del bingo y exclusivas de dichos establecimientos de juego, el premio máximo se fija en 6.000 euros.

En relación a la instalación, se mantiene la exigencia de autorización administrativa al efecto y se establecen las condiciones que han de reunir los establecimientos en los que se instalen cada tipo de máquinas para su explotación, que han de efectuar la solicitud correspondiente.

El reglamento llega con algo de retraso pero justo antes de afrontar una época de gran dinamismo en Canarias por lo que más de un operador y fabricante podrá sacar partido de la nueva situación.

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