16/11/2011 | Recreativo
Andalucía protege las recreativas frente al juego online
El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía celebrado ayer martes 15 de noviembre dio un paso bastante importante para equiparar las condiciones de las actuales máquinas recreativas con las presentes y futuras terminales de juego online que hasta el momento buscaban su espacio en los establecimientos públicos sin tener muy claro en qué régimen normativo debían situarse. Cuando entre en vigor la modificación del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, Salones Recreativos y Registro de Empresas de Juego lo harán con las mismas imposiciones que soportan las tipo B.
El nuevo Reglamento sienta las bases para proporcionar una mayor seguridad jurídica al sector de las recreativas frente al juego online. Al menos así lo ha destacado en rueda de prensa María del Mar Moreno, consejera de la Presidencia de la Junta, que asegura que a partir de ahora "se equiparará el régimen normativo de las B1 a los terminales y aparatos dispensadores online de billetes, boletos o justificantes de loterías y apuestas".
Con este inciso se deja claro que los terminales que la ONCE ha querido implantar en los establecimientos de hostelería quedarán sujetos a la reglamentación y, por tanto, tendrán muy limitada su expansión, tanto como las máquinas de juego y azar. Asimismo, la Junta de Andalucía se adelanta a la posible proliferación de nuevos dispensadores relacionados con el desarrollo de la Ley del Juego que prevé y permite estos totems para las apuestas a través de Internet.
"El objetivo es proteger en igualdad de condiciones al sector de juego tradicional frente a los grandes operadores por Internet", admitía Moreno. Así, cuando finalmente entre en vigor la modificación normativa, sólo podrán colocarse terminales y aparatos dispensadores en aquellos establecimientos públicos que se encuentren autorizados para la instalación de máquinas recreativas de tipo B1. Como consecuencia de ello, los operadores de juego online deberán someterse a los mismos controles administrativos que ejerce la Junta de Andalucía sobre las modalidades presenciales o tradicionales.
El sector esperaba esta definición con urgencia, sobre todo, para evitar una competencia en condiciones ventajosas para los nuevos operadores. Estos últimos a su vez encuentran la vía para poner sus terminales en funcionamiento de manera legal aunque esto signifique restringir su ámbito de actuación.
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