21/07/2011 | Apuestas deportivas

Las apuestas en vivo se quedan fuera de la reglamentación básica

Las apuestas en vivo no están permitidas.




 
Opergame

Como ya advirtió la Asociación Española de Apostadores por Internet (Aedapi), las apuestas deportivas en directo se caen de la nueva regulación al descartarse en el proyecto de Orden por la que se desarrolla la reglamentación básicas de las apuestas mutuas, un documento que acaba de entrar en su plazo de información pública y que termina de una vez por toda con las principales incógnitas a pesar de que todavía existe un gran margen de maniobra en manos de la Comisión Nacional del Juego.

Si ayer conocíamos un poco más sobre los pormenores que afectarán al bingo y el poker online, hoy es el turno de uno de los juegos que más crecimiento ha experimentado en los últimos años y que podría dejar de ser tan atractivo como hasta el momento. Para empezar en las definiciones se diferencia entre la apuesta mutua simple y la múltiple o combinada, mientras que las licencias singulares tendrán una vigencia de cinco años como en el caso del bingo.

También se apela a la creación de un departamento dedicado a la atención y resolución de problemas de los usuarios, así como una información detallada tanto de las modalidades de apuestas y todo lo que afecta al juego como de la empresa, permitiendo la instalación de terminales físicos con la pertinente autorización de la Comunidad Autónoma afectada.

Es el artículo 13 el que recoge expresamente la prohibición de las apuestas durante el transcurso de los eventos deportivos. En su punto número dos señala: “La formalización y validación de las apuestas deportivas mutuas deberá concluir dentro del límite temporal fijado por el operador en las normas particulares del juego y, en todo caso, antes del inicio del evento deportivo contenido en el programa de apuestas. En los supuestos de apuestas múltiples, la formalización de las apuestas deberá concluir antes del inicio del primer evento, por orden cronológico, de los contenidos en la apuesta“.

Con esta medida, el Estado intenta evitar el juego compulsivo al que pueden inducir las apuestas en vivo y deja a las principales operadoras de juego online si un recurso muy valioso y que sí se permite por ejemplo en las regulaciones autonómicas como la de Madrid.

Además, el proyecto señala la obligación que tiene el operador de emitir un resguardo o documento acreditativo de cada apuesta conteniendo los principales datos.

Será la CNJ la encarga de establecer el catálogo de deportes y eventos sobre los que se podrá apostar, un catálogo que podrá ser modificado en sucesivas ocasiones.

La distribución de los fondos se realizará en función de la recaudación obtenida en cada programa de apuestas y consistirá en un porcentaje que no podrá ser inferior al 50 ni superior al 75 por ciento de la recaudación obtenida en el correspondiente programa y siempre tendrá que ser accesible al jugador.

Los importes mínimos de las apuestas serán de 50 céntimos en el caso de las simples y 20 para las combinadas o múltiples.

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