11/10/2011 | Legislación

Economía acomete una nueva actualización de todos los reglamentos de juegos online




 
Opergame

A marchas forzadas se siguen perfeccionando los distintos Reglamentos que desarrollan la Ley del Juego Online ya que la lógica nos lleva a pensar que deberían estar aprobados antes de que se abra el proceso de concesión de licencias previsto para mediados del próximo mes de noviembre.

El Ministerio de Economía y Hacienda ha realizado una nueva actualización de los borradores, concretamente de todos los juegos que se van a permitir: concursos, punto y banca, otras apuestas de contrapartida, juegos complementario, black jack, poker, ruleta, bingo, apuestas deportivas mutuas, apuestas hípicas mutuas, apuestas deportivas de contrapartida y apuestas hípicas de contrapartida.

Todos sus textos se han vuelto a retocar teniendo en cuenta alegaciones, recomendaciones y mejoras en la redacción para proponer doce nuevos proyectos de Orden que con fecha de 10 de octubre tiene bastantes papeletas para ser los definitivos. Sin embargo, con esta normativa nada se puede descartar. Es todo tan nuevo y requiere tanta celeridad que es probable que en algunos aspectos la Administración se vuelva a ver obligada a modificar lo propuesto.

Como muestra, de todos los documentos publicados ponemos nuestra atención en la renovación del artículo 9 que afecta a la promoción de los juegos. Este punto se mejora notablemente con la intención de acotar aún más las actividades de patrocinio, publicidad y promoción de la actividad, añadiendo a lo recogido en versiones anteriores la necesidad de que la publicidad "resulte fácilmente identificable por sus destinatarios o se asegure que la actividad publicitaria sea socialmente responsable, prestando la debida atención a la protección de menores y otros grupos particularmente vulnerables". Así, deberá evitarse que la publicidad vaya dirigida a ellos, o que sea especialmente atractiva para niños y jóvenes menores de edad, o que éstos tengan un papel significativo en la concreta actividad promocional.

Además en el caso de la emisión en medio audiovisuales, "deberá respetar las disposiciones aplicables sobre comunicaciones comerciales y de autopromoción contenidas en la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, y, en particular las previsiones del artículo 7 sobre los derechos del menor. Igualmente, se prestará especial atención al horario de emisión de la publicidad de la actividad de juego y se tendrá en cuenta la calificación por edades del programa junto al que se emite o se inserte la misma".

Merece la pena echar una nueva ojeada a los textos para no perder comba.

Donde también se han registrado novedades es en el listado de entidades certificadoras de seguridad de los sistemas de información. A NMi Metrology & Gaming Limited y GLI Europe B.V., se suma ahora Deloite SL, una de las auditoras más importantes del mundo por volumen de facturación y con una gran presencia en nuestro país.

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